Se aprueba el nuevo reglamento que permite que académicos y académicas, de planta o contrata puedan acceder a la carrera académica.

Un largo proceso que duró más de tres años; y que se inicia con el proyecto ministerial ATA 1957, impulsado por la Vicerrectoría Académica de ese entonces, con el rector Celso Arias Mora, y que se comienza a ejecutar a partir de 2020 desde la VRA, por parte del Vicerrector Académico de ese entonces, el actual rector Forlin Aguilera Olivares; hoy recoge resultados favorables y muy esperados por la comunidad académica.

Se trata de la aprobación del nuevo reglamento de carrera académica, instancia que promovió la coordinación y diálogo participativo, logrando acuerdos transversales. Así nace una anhelada reforma en materia de equidad laboral en la Universidad de Atacama, ya que el nuevo reglamento elimina barreras en las posibilidades de crecimiento y promoción en la carrera académica e instala oportunidades de desarrollo transversal para dicho estamento.

Aprobada a principio de año por el  Consejo Académico, la propuesta recoge el trabajo desarrollado por dos comisiones que contaron con el apoyo y acompañamiento de la Vicerrectoría Académica (VRA)

La primera, estuvo integrada por académicos y académicas de la Comisión de Nombramientos y Promociones del año 2019, la cual se denominó Comisión Transitoria y diseñó el texto normativo preliminar que unificó carrera y evaluación de la actuación académica en un solo reglamento. Promovida por el valor de la co-construcción que impulsa el gobierno universitario del rector Aguilera, esta propuesta fue compartida y retroalimentada por macrounidades y sus unidades académicas, integrando las observaciones pertinentes en un proceso altamente participativo, que le otorgó legitimidad a la iniciativa.

Este consolidado normativo pasó a la segunda instancia, constituida por la Comisión Permanente, integrada por representantes de la academia de cada facultad, dos decanos y el equipo directivo superior. Tras su revisión, se dio luz verde a la propuesta que resultó aprobada por unanimidad por el Consejo académico y ratificada por la Honorable Junta Directiva.

Se trata de una reforma sustancial en materia de equidad laboral, pues erradica condiciones de base que impedían contar conDSC 0019_copy las  mismas posibilidades de acceso, desarrollo y progresión a la totalidad de la comunidad académica, independiente de su modalidad contractual (planta o contrata), considerando al cuerpo académico no regular. Con esta nueva normativa se relevan los méritos y avances de quienes forman parte de nuestra academia en las diversas áreas disciplinares, instalándonos a la altura de los desafíos que tenemos por delante como institución en el sistema de educación superior” señaló el rector Forlin Aguilera Olivares.

Cabe destacar que el año pasado la normativa de carrera académica cumplió 40 años desde su creación el 20 de julio de 1983; es decir que este nuevo reglamento actualiza un texto normativo que no había sido modificado en décadas.

A la luz de este antecedente, el rector, enfatizó en el gran logro que reviste este avance “Pues fue una iniciativa que transitó por el camino largo: con participación, deliberación y acuerdos de quienes debían estar presentes en el diálogo; por lo tanto sabemos que por un lado responde a un anhelo que estaba latente en gran parte de nuestra académica, pero también es coherente con una Universidad cada vez más grande y que avanza inexorablemente hacia la complejidad» agregó el rector Aguilera.

Respecto a la proyección de la agenda de iniciativas en materia de justicia organizacional la autoridad universitaria precisó “Es nuestro compromiso que estas muestras de avances en equidad laboral, también permee a nuestra comunidad funcionaria, es por ello que mantenemos un trabajo sistemático con las asociaciones con la finalidad de dar muestra de una universidad que avanza en mayor justicia para su gente, desde la convicción que el desarrollo y crecimiento de nuestra Universidad debe estar centrado en las personas

Como una excelente instancia para contribuir en una materia clave para la mejora continua de los instrumentos normativos de la institución, calificó su participación en las comisiones el Doctor Mario Durán Migliardi, académico del departamento de ciencias jurídicas.

s200 mario.duran_migliardi “Además de aportar en la materialización de una demanda histórica de los académicos y académicas: la actualización de los instrumentos de evaluación de la carrera académica a fin de reflejar de manera más clara y explícita, las distintas actividades que en el día a día desarrolla la academia; reconociendo a su vez la diversidad de áreas disciplinarias que en la actualidad alberga la Corporación” comentó el abogado y académico UDA.

El Dr. Durán, señaló que el trabajo no estuvo exento de disenso y discusiones, pero que finalmente siempre se resolvieron en un clima de respeto, tolerancia y amabilidad, donde primó el bien superior para la institución en el marco de la dignificación en el reconocimiento del trabajo académico.

La importancia de esta actualización normativa se mide por el tiempo y esfuerzo colectivo comprometido, por el carácter democrático y participativo de su construcción y por la relevancia institucional que ello representa. Por ello, y bajo el convencimiento de que, como toda obra humana, es perfectible y modificable, confiamos en que esta nueva normativa universitaria, sumada a los nuevos Estatutos de la Universidad de Atacama, y la nueva institucionalidad que esta norma implica, contribuirán al mejoramiento de las condiciones, requisitos y reglas en que se planifica, ejecuta y controla el trabajo de nuestro académicos y académicas, reconociendo y valorando con justicia las distintas y diversas tareas que cada uno desarrolla en las diversas disciplinas que componen el quehacer de la Universidad y, por ende, favoreciendo con ello a la mejora continua de nuestra institución” sentenció el académico de la carrera de Derecho»

 

ASPECTOS RELEVANTES
[revisa el resumen aqui]

El nuevo reglamento entra en vigencia este año y entre las principales modificaciones que presenta figuran:

1. Permite acceder al proceso de jerarquización a cualquier integrante de la comunidad académica que cumpla con los requisitos, independiente de su calidad contractual planta o contrata.

2.- Permite la incorporación a la carrera académica y por ende de la evaluación de la actuación académica al cuerpo no regular (investigadores e investigadoras).

3.- Reconoce la docencia indirecta detallando las actividades que serán consideradas en dicha dimensión.

4.- El ingreso a la carrera académica requiere que la persona se encuentre en posesión de un grado académico de magíster o doctor, especialidad o subespecialidad médica, otorgado por entidades de educación superior nacionales o extranjeras reconocidas por el Estado.

5.- Mayor claridad en los requisitos para la promoción. Se incorporan equivalencias en las exigencias relacionadas a la dirección o codirección de tesis.

6.- Respecto de la dimensión de investigación se reconoce la publicación en revistas científicas para el área de humanidades y ciencias sociales. Se valora la publicación de libros o capítulos de libros reconocidos por grupos de estudios señalados en la ANID.

7.- La evaluación de la actuación académica considera la evaluación docente de opinión estudiantil.

8.- Contempla nuevas instancias de apelación a las evaluaciones, aportando nuevos antecedentes.

9.- Se incorpora el criterio particular de la creación artística para la evaluación de la actuación académica.

10.- Los académicos o académicas calificadas en la lista uno, tendrán derecho a dos días de permiso con goce de remuneraciones adicionales a los diez días actuales.

Compartir
Ir al contenido