Estructura organizacional de la Institución
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Forlin Aguilera Olivares
El Rector es el funcionario Superior Ejecutivo de la Universidad, encargado de la supervisión de todas las actividades académicas, administrativas y financieras de la Corporación. Su autoridad se extiende a todo lo relativo a la Universidad con la sola limitación de las atribuciones específicas otorgadas a la Junta Directiva
Sus atribuciones comprenderán:
a) Nombrar al personal académico y administrativo de la Universidad, conforme a los procedimientos establecidos en este estatuto y ordenanzas;
b) Nombrar los Directores de los Departamentos de acuerdo a los procedimientos establecidos en este estatuto y las ordenanzas;
Alejandro Salinas Opazo
El Secretario General es el ministro de fe de la Corporación y le corresponde ejercer la asesoría jurídica de la Universidad.
2.- El Secretario General de la Universidad es el funcionario superior responsable de citar y llevar actas exactas y completas de todas las reuniones de la Junta Directiva, de los Comités de la Junta, del Consejo Académico, de las Comisiones Universitarias y de todos los otros Comités de carácter general que se establezcan en la Universidad
Fernando Herrera Gallardo
El Vice-Rector Académico es el funcionario superior que, bajo la autoridad del Rector, tiene la responsabilidad del desarrollo, administración y coordinación de los asuntos académicos de la Universidad. En el ejercicio de sus actividades le corresponde:
a) Proponer planes y acciones en materias académicas, reuniéndose y consultando con los Decanos y miembros de las Facultades;
María José Gallardo Nelson
El Vicerrector de Investigación y Postgrado es el funcionario superior que, bajo la autoridad del Rector, tiene la responsabilidad del desarrollo, administración, coordinación y proyección de las actividades de investigación y postgrado de la Universidad.
En el ejercicio de sus actividades le corresponde:
A. Supervigilar las políticas de investigación y postgrado de la Universidad.
B. Velar y dar cuenta al Rector por el cumplimiento de los propósitos estratégicos definidos en el plan de desarrollo de la Institución en el ámbito de la Investigación y Postgrado.
Jaime Feijoo Meléndez
El Vicerrector de Asuntos Económicos y Gestión Institucional es el funcionario superior, responsable de la formulación e implementación del modelo de gestión de la Universidad, en el ámbito del desarrollo de personas, los recursos materiales y recursos financieros. Para esto será el responsable de la dirección estratégica y el aseguramiento de la calidad respecto a la administración de recursos, procesos y los resultados en el ámbito de la gestión institucional
Claudia Trigo Figueroa
1. Dar cuenta al Rector, a la Junta Directiva, a los directivos superiores y a la comunidad universitaria de las actividades de la Dirección de Planificación e Inversiones.
2. Responsabilizarse de cumplir y hacer cumplir la misión, objetivos generales y específicos de esta Dirección, es decir asume la planificación, organización y supervisión de las actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
Alexis Rojas Da Silva
l Director de Extensión, es el directivo superior que está a cargo de la organización de esta Dirección. Sus deberes son:
a. Dar cuenta a la Junta Directiva, al Rector, a los directivos superiores y a la comunidad universitaria de las gestiones de la Dirección de Extensión.
b. Responsabilizarse de cumplir y hacer cumplir la misión, objetivos generales y específicos de la Dirección de Extensión, es decir, asume la planificación, organización y supervisión de las actividades de extensión, comunicaciones y relaciones universitarias.
Rodrigo Dorador Alfaro
Director de Actividades Estudiantiles es el funcionario superior responsable de coordinar las relaciones de la Universidad con los estudiantes. Supervisa los servicios de salud, educación física, manejo de albergues y cafeterías para estudiantes. Administra la ayuda que la Universidad otorga a los estudiantes en sus actividades y organizaciones sociales, culturales y deportivas. Es responsable de la asistencia que la Universidad otorga a los estudiantes, la orientación vocacional y de la administración de las becas de estudios.
Yulissa Anguis Fuster
1.- En particular, corresponderá a esta Dirección las siguientes actividades:
1. La DAC deberá proporcionar a las direcciones, cuerpos colegiados y autoridades académicas los lineamientos acerca de los procesos de aseguramiento de la calidad que se decida implementar. En particular, le corresponde:
a. Validar técnicamente los informes, planes de mejoramiento y cualquier instrumento relativo a la acreditación institucional y de carreras que se desarrollen.
b. Conducir y ejecutar los procesos de autoevaluación para la acreditación institucional, así como recomendar técnicamente al Rector las áreas que serán comprendidas en dichos procesos.
Cesar Espíndola Arellano
1. Conducir los procesos de Planificación Estratégica y táctica de la Institución con una mirada de largo plazo, que busque alcanzar mayores estadios de desarrollo institucional, que entre otros considere:
i. Determinación de las metodologías a utilizar para el desarrollo de los PDE.
ii. Ejecución de los procesos licitatorios para la confección de los PDE.
iii. Conducir los procesos de confección de los PDE a 10-20 o 30 años plazo.
iv. Llevar el control y operación de los PDE aprobados.
v. Conducir los procesos de confección de los POAS.
vi. Efectuar el control de los POAS.
Rossana Sepúlveda Riveros
Le corresponderá, en consecuencia, a la Dirección de Postgrado:
a. Fomentar la existencia de un ambiente adecuado para la actividad creadora en las distintas áreas del conocimiento.
b. Estimular la docencia de postgrado con una adecuada orientación hacia la creación de conocimiento o a la solución de problemas de la región del país.
c. Fomentar las actividades interdisciplinarias y su expresión en docencia, investigación y todas las expresiones de creación de conocimiento.
Karina Pérez Cruz
El Director de Innovación, Desarrollo y Transferencia es el funcionario superior que, bajo la autoridad de Vicerrector de Investigación y Postgrado, tiene la responsabilidad de diseñar políticas y mecanismos para la ejecución de proyectos dirigidos al sector productivo y de servicio.
En el ejercicio de sus actividades le corresponde:
a. Diseñar y proponer las políticas, reglamentos, procedimientos y guías para conducir institucionalmente la vinculación con el entorno para l I+D y la transferencia tecnológica.
Vladimir Riffo Bouffanais
1.- El Director de Investigaciones es el funcionario superior responsable de coordinar y proyectar la investigación de la Universidad.
2.- En el ejercicio de sus funciones le corresponde:
a) Proponer al Rector las políticas de investigación de la Universidad;
b) Proyectar las investigaciones científicas y tecnológicas de la Universidad hacia el exterior, relacionándolas con otros centros de investigación, con empresas, industria y gobiernos regionales, conforme a las políticas de la Universidad;
Felipe Ulloa Cruz
1. Coordinar y supervisar los procesos relacionados con el diseño y aprobación de planes y programas de estudio, así como sus modificaciones y actualizaciones, de acuerdo a los requerimientos de las unidades académicas.
2. Dirigir, de acuerdo a las políticas de la Dirección Superior Universitaria, los requisitos del proceso de selección y admisión de estudiantes a los programas de formación.
Alicia Campos Cisternas
El Director de Administración y Finanzas es el funcionario superior responsable de manejar los procedimientos administrativos para la contratación de los funcionarios de la Univerisdad, incluyendo el control, administración de los sueldos y salarios que paga a sus funcionarios, además le corresponde vigilar que las reglas prescritas por la Universidad, en los negocios y asuntos financieros, sean observados fielmente. Es responsable de llevar una contabilidad que permita conocer con exactitud la situación financiera de la Universidad.
Carlos Pérez Saavedra
El Contralor es el funcionario responsable de ejercer el control de la legalidad de los actos de las autoridades de la Universidad, fiscalizar el ingreso o uso de fondos, examinar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de la misma y ejercer las demás funciones afines que le señale la ordenanza dictada por la Junta Directiva, sin perjuicio de las facultades que conforme a las leyes le correspondan a la Contraloría General de la República. Será designado por la Junta Directiva y cesará en sus funciones por renuncia, fallecimiento o remoción.
La Junta Directiva tendrá las atribuciones que le otorgue este Estatuto, en especial:
a) Proponer al Presidente de la República la terna para el nombramiento del Rector;
El Consejo Académico tendrá las siguientes atribuciones:
a) Efectuar recomendaciones para ser consideradas por cada Facultad en referencia a los programas y políticas educacionales de cada Facultad;
Alejandra Tello Zamorano
El Director de Educación Continua deberá:
A. -Coordinar y supervisar el establecimiento de requisitos de procesos de selección y admisión de estudiantes a programas especiales.
B. -Efectuar el análisis y seguimiento de los resultados académicos de los programas especiales y proponer, dirigir y coordinar el desarrollo de mecanismos de mejoramiento.
C. -Dirigir el funcionamiento del sistema curricular y administrativo, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas y la Vicerrectoría Académica.
Viviana Rodríguez Venegas
A. Proponer a la Dirección Superior políticas, planes, mecanismos y medidas afirmativas sobre la transversalización de las materias mencionadas.
B. Liderar actualizaciones de las políticas institucionales y mecanismos para la transversalización de género e inclusión.
Procurar que los departamentos de esta dirección implementen, monitoreen y evalúen el cumplimiento de las políticas, mecanismos y normativas atingentes en la materia
Juan Campos Nazer
Corresponderá al Director Sede Vallenar de la Universidad de Atacama el ejercicio de las siguientes atribuciones:
a. Celebrar y aprobar convenios de prestación de servicios a honorarios y ad-honorem respecto del Personal Académico, Experto, Para-Académico y alumnos ayudantes de la Sede Vallenar, cuidando dar estricto cumplimiento a las formalidades legales y administrativas que los rigen y de acuerdo con los recursos presupuestarios que le han sido asignados para tal efecto.
Decano: Emilio Ríos Cid
Las Facultades son estructuras académicas que, en conformidad con este Estatuto y los Reglamentos de la Universidad, agrupan a un cuerpo de personas asociadas con el propósito de enseñar e investigar en una misma área o en áreas afines del conocimiento superior. Cuando las necesidades de enseñanza lo requieran, las Facultades pueden organizarse en Departamentos. Cada Facultad estará dirigida por un Decano. 2.- La Junta Directiva, con el acuerdo del Consejo Académico, puede instituir una o más Facultades, combinar las ya existentes, suprimir cualquiera de ellas o dividirlas en dos o más Facultades.
Decano: Juan Astorga Gómez
Las Facultades son estructuras académicas que, en conformidad con este Estatuto y los Reglamentos de la Universidad, agrupan a un cuerpo de personas asociadas con el propósito de enseñar e investigar en una misma área o en áreas afines del conocimiento superior. Cuando las necesidades de enseñanza lo requieran, las Facultades pueden organizarse en Departamentos. Cada Facultad estará dirigida por un Decano. 2.- La Junta Directiva, con el acuerdo del Consejo Académico, puede instituir una o más Facultades, combinar las ya existentes, suprimir cualquiera de ellas o dividirlas en dos o más Facultades.
Decano: Pablo Castro Pastén
Las Facultades son estructuras académicas que, en conformidad con este Estatuto y los Reglamentos de la Universidad, agrupan a un cuerpo de personas asociadas con el propósito de enseñar e investigar en una misma área o en áreas afines del conocimiento superior. Cuando las necesidades de enseñanza lo requieran, las Facultades pueden organizarse en Departamentos. Cada Facultad estará dirigida por un Decano. 2.- La Junta Directiva, con el acuerdo del Consejo Académico, puede instituir una o más Facultades, combinar las ya existentes, suprimir cualquiera de ellas o dividirlas en dos o más Facultades.
Decano: Rodrigo Cardozo Pozo
Las Facultades son estructuras académicas que, en conformidad con este Estatuto y los Reglamentos de la Universidad, agrupan a un cuerpo de personas asociadas con el propósito de enseñar e investigar en una misma área o en áreas afines del conocimiento superior. Cuando las necesidades de enseñanza lo requieran, las Facultades pueden organizarse en Departamentos. Cada Facultad estará dirigida por un Decano. 2.- La Junta Directiva, con el acuerdo del Consejo Académico, puede instituir una o más Facultades, combinar las ya existentes, suprimir cualquiera de ellas o dividirlas en dos o más Facultades.
Decano: Patricio Porcile Cerda
Las Facultades son estructuras académicas que, en conformidad con este Estatuto y los Reglamentos de la Universidad, agrupan a un cuerpo de personas asociadas con el propósito de enseñar e investigar en una misma área o en áreas afines del conocimiento superior. Cuando las necesidades de enseñanza lo requieran, las Facultades pueden organizarse en Departamentos. Cada Facultad estará dirigida por un Decano. 2.- La Junta Directiva, con el acuerdo del Consejo Académico, puede instituir una o más Facultades, combinar las ya existentes, suprimir cualquiera de ellas o dividirlas en dos o más Facultades.
Decana: Elizabeth Zepeda Varas
Las Facultades son estructuras académicas que, en conformidad con este Estatuto y los Reglamentos de la Universidad, agrupan a un cuerpo de personas asociadas con el propósito de enseñar e investigar en una misma área o en áreas afines del conocimiento superior. Cuando las necesidades de enseñanza lo requieran, las Facultades pueden organizarse en Departamentos. Cada Facultad estará dirigida por un Decano. 2.- La Junta Directiva, con el acuerdo del Consejo Académico, puede instituir una o más Facultades, combinar las ya existentes, suprimir cualquiera de ellas o dividirlas en dos o más Facultades.
Decano: Dante Carrizo Moreno
Las Facultades son estructuras académicas que, en conformidad con este Estatuto y los Reglamentos de la Universidad, agrupan a un cuerpo de personas asociadas con el propósito de enseñar e investigar en una misma área o en áreas afines del conocimiento superior. Cuando las necesidades de enseñanza lo requieran, las Facultades pueden organizarse en Departamentos. Cada Facultad estará dirigida por un Decano. 2.- La Junta Directiva, con el acuerdo del Consejo Académico, puede instituir una o más Facultades, combinar las ya existentes, suprimir cualquiera de ellas o dividirlas en dos o más Facultades.
Cecilia Sorensen Paz y Carla Carreño Mercado.
Es el organismo responsable de llevar a cabo todas las diligencias investigativas del procedimiento disciplinario. La Fiscalía goza de plena independencia para el desarrollo de su función. La Fiscalía podrá llevar adelante todo el proceso de investigación, formular cargos y elaborar vista fiscal con independencia del grado o jerarquía de quien aparezca involucrado en los hechos.